miércoles, 30 de enero de 2019

LOS PODERES DEL ESTADO, POR IVÁN MARTÍN


La constitución española y la división de poderes

La Constitución española actual fue aprobada en 1978. En ella se establecen los derechos, libertades y obligaciones de los ciudadanos, y los principios democráticos de libertad, justicia, igualdad y pluralismo político. También se define el funcionamiento de las principales instituciones del Estado: el Rey, el poder ejecutivo, el poder legislativo y el poder judicial.

El Rey es el jefe del Estado. Las funciones de éste y su sucesión están definidas en la Constitución.
España es una monarquía parlamentaria.

El poder ejecutivo
El poder ejecutivo hace cumplir las leyes aprobadas por el poder legislativo, elabora los presupuestos del Estado y propone nuevas leyes al Parlamento.
El Gobierno es la institución de asume el poder ejecutivo.
El presidente del Gobierno es elegido por el Parlamento y él elige a sus ministros.


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El poder legislativo

El poder legislativo se encarga de elaborar las leyes y de controlar al Gobierno. La institución que asume el poder legislativo es el parlamento.
En España, el Parlamento recibe el nombre de Cortes Generales que se divide:

-          Congreso de los Diputados: los diputados son elegidos para representar al pueblo y votan las leyes propuestas por el Gobierno.

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-          Senado: Son representantes territoriales y proponen cambios o enmiendas a las leyes


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Poder judicial

La función principal del poder judicial consiste en administrar justicia. Los jueces y los tribunales se encargan de esta tarea.
El tribunal más importante de España es el Tribunal Supremo y además el Consejo General del Poder Judicial administra y controla las funciones de jueces y tribunales.


El Tribunal Constitucional se encarga de que todas las leyes que se aprueban y todas las decisiones que toman respetan la Constitución. Si no es así, este tribunal puede anular una ley.
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30 DE ENERO: DÍA INTERNACIONAL DE LA PAZ

"No hay camino para la PAZ. La PAZ es el camino" (Mahatma Gandhi)



lunes, 28 de enero de 2019

LOS PODERES DEL ESTADO, POR MARÍA ORTEGA


Los Poderes del Estado

La Constitución Española organiza nuestro país estableciendo los derechos de los ciudadanos, las instituciones que lo conforman y las leyes que los regulan.
Así establece como forma política del Estado la Monarquía Parlamentaria y la división de poderes. 




Ø     Poder Ejecutivo
Artículo 97.
El Gobierno dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.
 El Gobierno es la institución que asume el poder Ejecutivo.
Ø El Presidente de Gobierno, es elegido por el congreso de los diputados.
Ø Ministros, son elegidos por el Presidente de Gobierno y se reúnen cada semana en el Consejo de Ministros.





Ø     Poder Legislativo
Se encarga de elaborar las leyes y controlar al Gobierno.
Artículo 66.1
Las Cortes Generales representan al pueblo Español y están formadas por:
Ø Congreso de los Diputados
Ø Senado.





Ø     Poder Judicial
Artículo 117.1
La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por jueces y magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la Ley.
La función principal del poder judicial consiste en administrar justicia. El tribunal más importante de España es el Tribunal Supremo.



María Ortega Cañada
5ºB CEIP Cardenal Tavera